domingo, 30 de julio de 2023

REPARTO DE ESCAÑOS II

 


Según la lógica de Perogrullo, cuando se celebran unas elecciones políticas, el número de votos otorgados por el ciudadano a un partido o a otro se corresponde con la cifra de congresistas, senadores, diputados, concejales… que ostentará dicho partido en las instituciones correspondientes. Así, si el Partido Popular, pongamos por caso, tiene en el próximo Congreso 137 escaños, es porque ha obtenido más de 8.000.000 de votos. Y el Partido Socialista, 121 porque el número de votos ha sido algo menor, etc. Es decir, que a tantos votos, tantos diputados, aplicando unas operaciones matemáticas simples de suma y división. En cierto modo el proceso de asignación de representantes políticos en las instituciones se desarrolla así, pero, ojo, solo en cierto modo. Según lo que voy a explicar, algo en dicho proceso deforma un tanto los datos surgidos de las urnas.

Esto ocurre, sobre todo, en el Congreso de los Diputados y en los ayuntamientos. Y se debe a la interposición de una especie de filtro, que impide la transcripción directa de las cifras de votos en números de congresistas o concejales. Ese filtro se llama el «método D’Hont» o «Ley D’Hont», que llevan el apellido de su creador, el abogado belga Victor d’Hont. Fue desarrollada a finales del siglo XIX y está implantada en bastantes países, en su forma originaria o con alguna modificación. El principal efecto de este mecanismo es que la representación de la ciudadanía que detenta el Congreso en España no es directa, sino proporcional. Consiste en efectuar una serie de divisiones del conjunto de los votos de cada partido en cada provincia ―la provincia es la unidad de referencia a efectos electorales― y ordenar los sucesivos cocientes de mayor a menor, para así conceder escaños por este orden, hasta agotar los determinados de antemano para cada circunscripción. Copio el siguiente ejemplo del portal de Wikipedia, que simula la situación de una provincia con 7 diputados, establecidos por ley, de acuerdo con la dimensión del censo electoral:

 

Partido A

Partido B

Partido C

Partido D

Partido E

Votos

340 000

280 000

160 000

60 000

15 000

Escaño 1

(340 000/1 =) 340 000

(280 000/1 =) 280 000

(160 000/1 =) 160 000

(60 000/1 =) 60 000

(15 000/1 =) 15 000

Escaño 2

(340 000/2 =) 170 000

(280 000/1 =) 280 000

(160 000/1 =) 160 000

(60 000/1 =) 60 000

(15 000/1 =) 15 000

Escaño 3

(340 000/2 =) 170 000

(280 000/2 =) 140 000

(160 000/1 =) 160 000

(60 000/1 =) 60 000

(15 000/1 =) 15 000

Escaño 4

(340 000/3 =) 113 333

(280 000/2 =) 140 000

(160 000/1 =) 160 000

(60 000/1 =) 60 000

(15 000/1 =) 15 000

Escaño 5

(340 000/3 =) 113 333

(280 000/2 =) 140 000

(160 000/2 =) 80 000

(60 000/1 =) 60 000

(15 000/1 =) 15 000

Escaño 6

(340 000/3 =) 113 333

(280 000/3 =) 93 333

(160 000/2 =) 80 000

(60 000/1 =) 60 000

(15 000/1 =) 15 000

Escaño 7

(340 000/4 =) 85 000

(280 000/3 =) 93 333

(160 000/2 =) 80 000

(60 000/1 =) 60 000

(15 000/1 =) 15 000

Escaños asignados

3

3

1

0

0

Escaños proporcionales

2,78

2,29

1,31

0,49

0,12

https://es.wikipedia.org/wiki/Sistema_D%27Hondt

 

Por otra parte, se da una desproporción ostensible en la designación de escaños a las provincias. Así, por ejemplo, mientras que a Murcia le corresponden 10 diputados, Ciudad Real, con solo u 2,5% de población respecto a la anterior, elige 5 diputados; si se respetara la diferencia de habitantes, solo tendría 2 o, todo lo más, 3, pero no 5. Esto hace que los diputados, sean del partido que sean, necesiten menos votos en Ciudad Real que en Murcia (dicho de otro modo, «pesen» más). Además, la ley electoral permite que un determinado partido se presente en todas las circunscripciones o solo en una parte de ellas. Esto segundo es lo que ocurre con las formaciones regionalistas, a las que los escaños les «cuestan» menos votos que a los de ámbito nacional,  ya que la población de referencia es mucho menor. En este artículo queda muy claro el asunto del valor en votos de los escaños:

https://www.europapress.es/nacional/noticia-elecciones-cataluna-2021-cuantos-votos-vale-escano-20210127125505.html .

 

Otro aspecto destacado de la normativa electoral es el de la asignación de restos, es decir, de los votos sobrantes una vez realizada la primera distribución de escaños a los partidos en cada provincia; sobran por el simple hecho de que los diputados no se pueden dividir en porciones como los números en decimales. No entraré, no obstante, en esa cuestión ahora.

Las anteriores comprobaciones creo que bastan para mostrar lo que me proponía: el reparto y la formación de los grupos políticos en el Congreso y demás órganos de representación no reflejan exactamente las votaciones ciudadanas. Más aún, esta distorsión no beneficia o perjudica a todos por igual: los partidos que salen ganando son los de ámbito nacional con muchos votantes (los grandes partidos), hecho que favorece el bipartidismo, y también los que se circunscriben a una región o incluso una provincia. Los perjudicados son los partidos medianos con implantación nacional. Consecuencia de todo esto es que en el Congreso español, por ejemplo, estén sobrerepresentadas las opciones de carácter regional (e incluso independentista), como PNV, ERC, EH BILDU, JUNTSxCAT, etc., con relación al número de papeletas en las urnas.

La idoneidad de esta modalidad de representación proporcional, definida en la ley electoral, está sujeta a discusión y controversia desde el principio de la moderna democracia en nuestro país. En líneas generales, las opiniones no le son favorables. No hay duda de que tiene un sesgo hacia la supremacía de los grandes partidos (PP y PSOE) y a los grupos regionales. Al parecer, esta fue la intención que se perseguía al aprobarla. Se afirmaba la necesidad de evitar la excesiva fragmentación del parlamento, sin perjudicar a los pequeños partidos nacionalistas (¡Si hubieran siquiera atisbado el poder que, pasadas algunas décadas, alcanzarían!). Señalemos, por último, la existencia de otros modelos de distribución proporcional más flexibles y menos distorsionadores, como el método Sainte-Laguë o el sistema danés.

 

Claudio Repellón

 


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